Lima. Suprema ampara derecho a cobrar por aguas subterráneas a SEDAPAL, luego de 6 años.
Carlos Franco Pacheco, especialista en gestión del agua y Director Radio Agua h20, informó que la Corte Suprema de Justicia declaró fundada recurso interpuesto por la empresa SEDAPAL en los seguidos por Cementerio Católico Jardines El Buen Retiro, en un proceso contencioso administrativo. La decisión suprema fue presentada en la Casación N° 34689-2022 Lima y publicada el 29 de agosto de 2023. La suprema indica que Cementerio tiene un errónea interpretación de la Ley de Recursos Hídricos. El Cementerio pidió que se declare la nulidad total de la Resolución del Tribunal Fiscal Nº 02160-4-2016, que confirma el Acuerdo Nº 062-010-2015, que declaró infundado su recurso de reclamación contra las Resoluciones de Determinación de números 519614000014160-2014/ESCE, 240117000014166-2014/ ESCE, 240117000016085-2014/ESCE y 519614000016100-2014/ESCE, giradas por la tarifa por uso de aguas subterráneas correspondientes a agosto a setiembre de dos mil catorce. El Decreto Legislativo Nº 1185, publicado el dieciséis de agosto de dos mil quince, que regula el régimen especial de monitoreo y gestión del uso de las aguas subterráneas a cargo de las empresas comprendidas en el ámbito de aplicación de la norma, entre ellas SEDAPAL. “Es una decisión que saludamos a la Corte Suprema de Justicia” dijo Franco. La decisión suprema fue firmada por los vocales Burneo Bemejo, Bustamante Zegarra, Cabello Matamala, Delgado Aybar y Tovar Buendia. En los registros SUNAT no aparece “Cementerio Catolico Jardines El Buen Retiro”, en su lugar está registrado “Misión Cementerio Católico Jardines El Buen Retiro”, el mismo que aparentemente tiene bienes en Puente Piedra, en el entender que su RUC está de baja. En el 2017, mediante Casación N° 1870-2017, la suprema dispuso se restituya los efectos jurídicos de las Resoluciones de Determinación N°s 603315000005940-2014/ESCE, 553081400006522-2014/ESCE y 24004200000545,, debiendo el Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima –Sedapal proseguir con la cobranza de la retribución económica por la extracción y uso de aguas subterráneas de la empresa Industrias del Papel Sociedad Anónima. No obstante, Luis Tori (FENTAP), pide que la Fiscalía intervenga en SEDAPAL ante 20 denuncias presentadas a la Contraloría General de la Republica se dilata, aun cuando el tema de las aguas subterráneas no está en la Contraloría General de la República. Mayor información : https://static.legis.pe/wp-content/uploads/2019/10/Casaci%C3%B3n-1870-2017-Lima-Legis.pe_.pdf
