Avelino Guillén: Indulto a Fujimori puede ser anulado por el Tribunal Constitucional.

El ex fiscal que impulsó el juicio y posterior condena a Alberto Fujimori, por delitos de corrupción y violación de derechos humanos, sostiene que hay suficientes vicios procesales para presentar una acción de amparo y refutar el informe médico que favoreció su indulto. La abogada Gloria Cano, por su parte, sostiene que la gracia presidencial también otorgada no podría invalidar el juicio por el caso Pativilca porque no se vulneraron los plazos de ley.

El ex fiscal Avelino Guillén, quien acusó e impulsó el juicio a Alberto Fujimori, sostiene que el indulto humanitario otorgado por el presidente Pedro Pablo Kuczynski al exmandatario burla el Reglamento de la Comisión de Gracias Presidenciales, por lo que es factible presentar una acción de amparo para que el Poder Judicial y el Tribunal Constitucional revisen el caso por graves vicios procesales.

La acción de amparo que pueda proceder contra el indulto llegaría hasta el Tribunal Constitucional (TC), institución que el 2011 ya sentó jurisprudencia al revocar el beneficio que se le otorgó a Francisco Crousillat, pues el informe médico estaba errado.

“Se decía que Crousillat estaba grave, con dolencias cardiacas, pero luego salieron imágenes que desmentían categoricamente ello. El Tribunal Constitucional decidió anular todo y podría suceder lo mismo en este caso. Y eso no exonera que [paralelamente] la Corte Interamericana de Derechos Humanos pueda pronunciarse”, agregó Guillén en entrevista con Ojo-Publico.com.

Según el exfiscal, el primer argumento cuestionable es la falta de imparcialidad de la Junta Médica que avaló el informe para sustentar la gracia presidencial, pues como lo reveló Ojo-Publico.com, uno de sus miembros, Juan Postigo, es médico de cabecera de Fujmori desde hace 20 años. Además, el 2013 un pedido similar fue rechazado por la entonces Comisión de Gracias Presidenciales, “a lo que se suma el hecho que los miembros de este grupo de trabajo fueron cambiados exprofesamente este año por el Gobierno, para que se aboquen a este caso”.

Cabe indicar que el oncólogo Elmer Huerta ya analizó el informe de la Junta Médica desde el punto de vista científico y determinó que no hay estudios que confirmen que el estar en prisión haga que el cáncer regrese o se acentúe. “El señor Alberto Fujimori tiene una serie de enfermedades crónicas que la tienen muchísimos ancianos y ancianas en el Perú, ninguna de las cuales amenaza su vida, y la junta lo reconoce al decir que él es no terminal”, dijo en RPP.

En efecto, en la sentencia 03660-2010 sobre el caso Crousillat, el Tribunal Constitucional aclara que “el ejercicio de la potestad discrecional del indulto está sujeta al marco constitucional y, como tal, debe respetar sus límites”, por lo que “resulta exigible un estándar mínimo de motivación que garantice que éste no se haya llevado a cabo con arbitrariedad”.

En este sentido, los magistrados agregan que “si bien el indulto genera efectos de cosa juzgada (…) ello no obsta que pueda ser objeto de anulación en sede jurisdiccional. Naturalmente dicho control no versa sobre la conveniencia o no del indulto, pues ello resulta una materia reservada a la propia discrecionalidad del Presidente de la República, sino sobre su constitucionalidad”.

Guillén sostiene que este perdón presidencial se tramitó con total falta de transparencia y a espaldas de los familiares y la opinión pública, eso ha impedido conocer cuál es el diagnóstico o cuadro clínico atribuido. “Es más, cuando se debatió la vacancia del presidente Kuczynski, la titular del Consejo de Ministros, Mercedes Aráoz, negó todo trámite o algún tipo de negociación, sin embargo, los documentos indican que desde el 11 de este mes se había presentado la solicitud”, agregó.

Fuente: Ojo – Público.com

 

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