Jefe de la ODECMA Tumbes señala que una receta médica no justifica la inasistencia a un proceso judicial

  • De confirmarse ilegalidad de receta, se generaría Delito contra la Fe Pública y la Administración de Justicia.

En una entrevista realizada antes que se destape la situación de presuntas irregularidades que habría cometido Pedro Octavio Mejía Reyes en el caso de intento de reactivar la querella en contra de Milagros Rodríguez por inasistencia a una audiencia judicial al presentar una receta médica, el Jefe de la Oficina Desconcentrada del Control de la Magistratura, Odecma Tumbes, Dr. Julio Ernesto Tejada Aguirre, dio a conocer que los requisitos mínimos para apelar la inconcurrencia injustificada es que se presente el certificado médico en donde se señale la incapacidad, además la receta médica y la adquisición de las medicinas.

Solo así la jueza o juez puede valorar los documentos y revisar los fundamentos de hecho y derecho de la acción para con los medios de prueba que se presenten y tenga razón jurídica, recién sea declarado admisible y elevados a la Sala de Apelaciones.

Fue muy claro en declarar que no se puede admitir con  solo presentar una receta médica, pues eso no genera incapacidad y no es suficiente, por lo cual es básico pedir el certificado médico.

Agregó que si los documentos presentados para la apelación, resultaran irregulares, eso generaría Delito contra la Fe Pública y está penado por Ley; además, que si ingresó a la Corte de Justicia se estaría cometiendo Delito contra la Administración Pública, para lo cual tendrían que responder el querellante y el abogado que presentó a acción.

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